ðð¹ ð¯ð ð±ð² ðŒð°ððð¯ð¿ð² ð±ð² ððµð²ðµ, la Santa Sede, a través de la Sagrada Congregación para el Culto Divino, concedió a toda la ðð¶ðŒÌð°ð²ðð¶ð ð±ð² ð€ðð²ð¿ð²Ìðð®ð¿ðŒ ðµðŒð»ð¿ð®ð¿ ð°ðŒð» ð²ð¹ ðð¶ðŽð»ð¶ð³ð¶ð°ð®ðð¶ððŒ ðð¶Ìððð¹ðŒ ð±ð² ð£ð®ðð¿ðŒð»ð® ð£ð¿ð¶ð»ð°ð¶ðœð®ð¹ ð±ð² ð¹ð® ðð¶ðŒÌð°ð²ðð¶ð ð±ð² ð€ðð²ð¿ð²Ìðð®ð¿ðŒ ð® ð¹ð® ðð¶ð²ð»ð®ðð²ð»ððð¿ð®ð±ð® ð©ð¶ð¿ðŽð²ð» ð ð®ð¿ð¶Ìð® ð±ð² ð¹ðŒð ððŒð¹ðŒð¿ð²ð âð±ð² ðŠðŒð¿ð¶ð®ð»ðŒâ.
Después de un largo itinerario cumplido, con gran rigor a nivel diocesano y después de corroborar con certeza moral la gran devoción que los fieles de la Diócesis de Querétaro tributan a su mediación y a su patronazgo y de no encontrar obstáculo alguno; el Excmo. Señor Obispo D. Alfonso Toriz Cobián, se apresuró a exponer al Santo Padre el Papa Paulo VI, los hechos que motivaron el juramento y a pedirle esta gracia, con estas palabras: âAhora a los pies de Vuestra Santidad, para que el Patronato quede canónicamente sancionado, le suplicamos se digne confirmarlo y ratificarlo, como prenda de que el Señor lo ha aprobado y para que pueda gozar de los privilegios que a los Patronos concede el Derecho Canónico y la Sagrada Liturgiaâ (cfr. BoletÃn Eclesiástico de la Diócesis de Querétaro, enero 1970, Pág. 11).
El 21 de noviembre de 1969, por medio de una Carta Circular el Excmo. Señor Obispo D. Alfonso Toriz Cobián, anunciaba al Ilmo. y Rvdmo. Mons. Arcediano y Vicario General de la Diócesis, D. Salvador Septién, al M. I. y V. Cabildo de la Santa Iglesia Catedral, al V. Clero Secular y Regular y a todos los sacerdotes diocesanos que habÃa recibido un respetable documento en el que se concedÃa por parte de la Santa Sede la confirmación solicitada. Este documento está firmado por el Card. Prefecto Benno Gut, y por el Secretario A. Bugnini (cfr. Sacra Congregatio pro Cultu Divino, Prot. N. 1536/69). Es importante señalar que en dicho documento al final aparece la leyenda: âQua super re Apostolicae Litterae in forma Brevis expedianturâ [que significa âLas Letras Apostólicas sobre este asunto sean expedidas en forma de Breveâ], lo cual otorga a este documento pontificio, la autoridad apostólica necesaria para que se cumpla cuanto se ha pedido.
En la misma Carta Circular se da a conocer que en adelante se honrará con el significativo tÃtulo de Patrona Principal y con los honores que a los Patronos ha decretado la Iglesia, estos son: celebrar su festividad litúrgica el 15 de septiembre de cada año, con el rito de Solemnidad, que, según la nueva nomenclatura, equivale al doble de 1ª. Clase, de manera especial en nuestra Santa Iglesia Catedral y en el Santuario de Soriano, ahora BasÃlica Menor. El Señor Obispo dispuso, además, que en este memorable dÃa se renovase en todas las Iglesias de nuestra Diócesis, después de cada Misa, el Juramento del Patronazgo.
Es asà como el 31 de octubre de 1969, fue constituida y declarada por la Santa Sede, la Bienaventurada Virgen MarÃa de los Dolores âde Sorianoâ Patrona Principal de la Diócesis de Querétaro (Prot. n. 1536/69).
Fuente: Decreto del Año Jubilar Mariano. Faustino Armendáriz Jiménez, por la gracia de Dios y de la Sede Apostólica IX Obispo de Querétaro. Dado en la Sede episcopal de Santiago de Querétaro, Qro., a los 31 dÃas del mes de octubre del año del Señor 2018. XLIX Aniversario del Reconocimiento Pontificio del Patronazgo de Nuestra Señora de los Dolores de Soriano sobre la Diócesis de Querétaro.